De qué hablamos cuando hablamos de Violencia de Género??

Según expone la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género, en su artículo 1.3, la Violencia de Género “comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad”.

No sólo escuchamos hablar de “violencia de género”, se utilizan otros términos como: “violencia machista”, “violencia doméstica” o “violencia sexista”. Pero el más requerido para no llevar a equivocaciones sería violencia contra las mujeres. Es un concepto claro y conciso para cualquier persona; visibiliza al colectivo de mujeres; y es el concepto que mayor consenso social y político tiene.

La definición de violencia contra las mujeres que se propone es la recogida en el artículo 50 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres:

“… se considera violencia contra las mujeres cualquier acto violento por razón del sexo que resulta, o podría resultar, en daño físico, sexual o psicológico o en el sufrimiento de la mujer, incluyendo las amenazas de realizar tales actos, coacción o la privación arbitraria de libertad, produciéndose éstos en la vida pública o privada”.

Se han catalogado diferentes tipos de violencia de género que a continuación os citamos y definimos.

Cuando hablamos de maltrato psicológico nos referimos a todas  aquellas conductas que conllevan un daño psicológico para la víctima, producen desvalorización y sufrimiento a la mujer. Este tipo de maltrato conlleva una manipulación en la mujer, incrementando el control y la dominación del agresor. Intenta convencer a la víctima de que ella es la culpable de todos los problemas, consiguiendo un malestar en ella, un sentimiento de culpa. Nos encontramos con: humillaciones, desprecios, amenazas, insultos, etc.

El maltrato físico es uno de los más conocidos y mejores detectados. Es el más evidente, los daños son visibles. No es un daño accidental, sino intencionado. Aquí encontraríamos conductas que irían desde un empujón, una bofetada o una quemadura, hasta la muerte.

Otro tipo de maltrato sería el maltrato sexual: toda aquella acción o conducta sexual que la mujer no lleve a cabo de manera voluntaria, tanto se consuma o no el acto.  Según Alberti y Matas, “se ejerce mediante presiones físicas o psíquicas que pretenden imponer una relación sexual no deseada mediante coacción, intimidación o indefensión”. 

Y nos quedarían dos tipos que no son tan visibilizados ni conocidos por la sociedad. Maltrato económico y social.

El maltrato económico, es el control de la información o el acceso a los bienes económicos del hogar (se le niega el derecho a trabajar, se le impide el acceso a sus bienes propios, se le priva del vehículo, etc.).

Y, en último lugar, nos quedaría el maltrato social: control de los movimientos dentro o fuera del ámbito privado. El agresor va alejando, poco a poco, a la víctima de su familia y de su red social, impidiéndole que mantenga cualquier tipo de relación con su entorno más próximo. De esta manera consigue aislarla y limitar su apoyo social que, en esta situación, es de vital importancia.

Nunca se produce uno de ellos de forma aislada, suelen estar varios unidos. Por ejemplo, el maltrato psicológico y físico, o psicológico y económico.

Debemos estar alerta, conocer cada uno de estos maltratos y saber detectarlos. Si tienes alguna inquietud, quieres aclarar alguna duda o necesitas ayuda escríbenos: grabatelo@mujeresjovenes.org

“Si te sientes mal, es que algo va mal”

Decide sobre tu vida y busca la felicidad. La merecemos